Informaciones

¿Qué clases de Licencias existen?

En lo que refiere a tránsito existen tres grandes clasificaciones:

Clase A1: para conducir taxis.
Clase A2: para conducir taxis, ambulancias o vehículos motorizados de transporte público y privado de personas con capacidad de 10 a 17 pasajeros, sin contar al conductor.
Clase A3: Para taxis, vehículos de transporte remunerado de escolares, ambulancias o vehículos de transporte público y privado de personas, sin limitación de capacidad de asientos.
Clase A4: para transporte de carga cuyo peso bruto sea superior a 3.500 kilogramos.
Clase A5: para conducir vehículos de carga, simples o articulados, cuyo peso bruto sea superior a 3.500 kilogramos.

(NOTA: Las licencias profesionales habilitan para conducir vehículos particulares Clase B.)

Clase B: para vehículos motorizados de tres o cuatro ruedas, para transporte particular de personas con capacidad de hasta 9 asientos o de carga cuyo peso vehicular sea hasta 3.500 kilogramos. También podrán arrastrar un remolque cuyo peso no sea superior al de la unidad motriz y cuyo peso conjunto no exceda los 3.500 kilogramos. Ejemplo: automóviles, camionetas, furgones, furgonetas.

Clase C: para vehículos de 2 o 3 ruedas con motor fijo o agregado. Ejemplo: motocicletas o motonetas.

Clase D: para maquinaría automotriz como tractores, palas mecánicas y otros.
Clase E: vehículos de tracción animal.
Clase F: para conducir vehículos motorizados de las Fuerzas Armadas, policiales y de Bomberos.

Requisitos para la licencia

  • Certificado de educación básica.
  • Cédula de identidad.
  • Certificado de residencia otorgado por la junta de vecinos, o alguna factura que contenga el nombre y la dirección del alumno.
  • Tener 18 años de edad, excepcionalmente 17.
  • Rendir satisfactoriamente:
    Examen teórico.
    Examen práctico.
    Examen médico psicotécnico y de la vista.
Además de los requisitos generales ya mencionados, debe:

1) Para Licencia Profesional:

  • Tener mínimo 21 años de edad.
  • Acreditar tenencia de licencia B por lo menos hace dos años.
  • Haber aprobado los cursos de conductor profesional de acuerdo al Decreto 251 de 1999.
  • Si desea obtener licencia A3, debe acreditar haber estado en posesión de licencia A1 o A2, por al menos dos años.
    Para licencia A5, deberá acreditar posesión de licencia A4 por al menos dos años.

2) Para Licencia No Profesional:

  • Clase B
    Ser mayor de 18 años, excepcionalmente 17 años.
    Ser egresado de enseñanza básica.
  • Clase C
    Ser mayor de 18 años.
    Ser egresado de enseñanza básica.

3) Para Licencias Especiales:

  • Clase D
    Ser mayor de 18 años.
    Saber leer y escribir.
    Acreditar conocimientos y práctica en el manejo de los vehículos o maquinarias especiales de que se trate.
  • Clase E
    Tener como mínimo 18 años de edad.
    Saber leer y escribir.
    (NOTA: Podrá eximirse de este requisito quien apruebe un examen especial.)
  • Clase F
    Ser mayor de 18 años.

Vigencia y renovación de licencia

  • Las licencias no profesionales (B y C) tienen una duración de 6 años.
  • Las licencias profesionales tienen una duración de 4 años.
  • Las licencias especiales tienen una duración de 6 años.
  • Sin embargo, estos plazos pueden ser restringidos por causas especiales como el uso de lentes y otros.

Debe dirigirse al Departamento de Tránsito de su municipalidad y realizar los siguientes trámites:

  • Llevar licencia anterior.
  • Cédula de identidad.
  • Rendir exámenes de reflejo y vista.
  • Si es profesional, rendir además examen teórico.

Solicite un duplicado acompañando los siguientes documentos:

  • Documento que acredite bloqueo de la licencia de conducir ante el Servicio de Registro Civil e Identificación (Ley 19.948).
  • Cédula de Identidad.
  • Pagar por el duplicado un derecho municipal equivalente al 35% de 1 UTM.

No, debe obtener una licencia de conducir internacional que generalmente tiene validez por continente. La puede conseguir en forma inmediata en cualquier oficina del Automóvil Club de Chile al presentar su licencia nacional y un par de fotos. Tiene un costo de $20.000 y vigencia de un año.
En países como Argentina, Bolivia y España no es necesaria la licencia internacional debido a que existen tratados que reconocen la licencia del país de origen.

Permiso de circulación

  • El impuesto que deben pagar anualmente todos los dueños de vehículos motorizados y que va en beneficio de las municipalidades. Permite que los automóviles, camionetas, motos y otros puedan circular por las calles del país en forma legal.

Para automóviles, a partir del 1 de febrero y hasta el 31 de marzo. Para taxis y buses, el plazo es hasta el 31 de mayo; para vehículos de carga, motos y motonetas, hasta el 30 de septiembre, aunque estas fechas son aproximadas, se recomienda confirmar con la municipalidad donde paga su permiso pues hay variaciones.

En la municipalidad de su elección, llevando la solicitud de traslado de permiso de circulación con sus datos y los del vehículo.

En la misma municipalidad o en otros lugares habilitados por cada municipio, como puestos en la vía pública. Además, algunas municipalidades tienen convenios con empresas como Transbank, casas comerciales o tarjetas de crédito, de manera que el trámite se haga más fácil.

El permiso puede ser cancelado en efectivo, a través de tarjetas de crédito, cheque al día o por un sistema de dos cuotas. Para automóviles, la primera cuota se paga hasta el 31 de marzo, equivalente el 50%, y la otra hasta el 31 de agosto del mismo año. Para otros vehículos, como taxis, camiones o motos, debe consultar en la municipalidad donde va a pagar el permiso, pues las fechas varían en cada comuna. La segunda cuota tendrá un recargo equivalente al IPC de febrero a junio. Este beneficio será sólo para quienes no tengan deudas. Para certificar que efectivamente pagó, la municipalidad en la que llevó a cabo el pago le entregará un documento aclarando que el permiso fue cancelado, las dos cuotas deben pagarse en la misma municipalidad. En el caso de autos comprados entre el 1 de septiembre y el 31 de marzo se deberá pagar en una sola cuota.

En el Departamento de Tránsito de la Municipalidad donde se obtuvo el permiso.

En el caso de ser sorprendido sin haber pagado la segunda cuota del permiso de circulación, se expone a una multa de hasta el 35% del valor que tenía que pagar y a una infracción grave que le cursará Carabineros, pudiendo ser esta de 1 a 1,5 UTM.

Según la ley de rentas municipales el valor de los permisos de circulación se establecen en relación con el valor del precio del vehículo. En todo caso, cada año el Servicio de Impuestos Internos (SII) hace una tasación oficial de los automóviles, que es la base para determinar el valor de cada permiso. El SII elabora una lista de las distintas marcas y modelos de vehículos motorizados, clasificados de acuerdo al año de fabricación y con indicación, en cada caso, del precio vigente a la fecha. Esas tasaciones se publican en el Diario Oficial o en algún otro diario de circulación nacional y en la página web del SII, dentro de la primera quincena de enero de cada año.

Sí, la copia de la revisión técnica aprobada, seguro automotor vigente y permiso de circulación anterior en el caso de un vehículo antiguo. Para un vehículo nuevo, debe llevar una copia de la factura, revisión técnica o certificado de homologación, análisis de gases, seguro obligatorio, la inscripción en el Registro Civil y encontrarse acogido a lo dispuesto en el Decreto Nº 211 de 1991, que establece las normas de emisiones contaminantes de vehículos livianos.

Sí, el permiso tiene vigencia nacional. Es importante tener en cuenta que los dineros recaudados por concepto de permisos de circulación son incorporados a los fondos de inversión de cada municipio, por lo que usted puede elegir ayudar a una comuna en particular pagando allí su permiso. Si usted paga el permiso en dos cuotas, ambas deben ser canceladas en la misma comuna.

Sí. Debe ir hasta la municipalidad a la cual desea cambiarse y pedir una solicitud de traslado de permiso de circulación, la cual debe llenar con sus datos y los de su vehículo, que está disponible en la página web de cada municipalidad.
Si usted ha pagado antes los permisos en comunas de la provincia de Santiago, tiene hasta el 31 de enero de cada año para hacer este trámite. Para otras comunas no hay un plazo.

Esa información debe dársela quien le vendió el auto, pues no existe ninguna base de datos que contenga la información en qué comuna ha pagado cada vehículo su permiso

No, no podrá renovar el permiso hasta haberla cancelado. El pago se puede realizar en la Tesorería Municipal donde le sacaron el parte.

Una vez que inscribió el vehículo en el Registro Civil, debe pagar el permiso de circulación en la municipalidad de su elección. El monto del permiso es proporcional a la cantidad de meses que restan para el próximo período.

Se expone a multas de parte de la policía y varios intereses extras. Puede quedar en la categoría de moroso y podrían castigarlo con el retiro del vehículo si lo sorprenden transitando en la vía pública. Además, al momento de renovar su patente se le aplicará una multa correspondiente al 1,5% del valor del permiso respectivo, que se calcula junto al IPC. Las multas pueden llegar a exceder el propio precio del trámite. Por ejemplo, un auto cuyo permiso cuesta $15.200, deberá pagar una multa de $30.000.

Si por cualquier motivo el vehículo no ha circulado o no va a circular durante todo el año, debe presentar una declaración jurada simple indicando el motivo, pagando un pequeño derecho municipal. El plazo es hasta el 30 de noviembre de cada año.

Los vehículos de las Fuerzas Armadas, cuando son de uso exclusivo militar, los del Cuerpo de Bomberos y los de propiedad o de uso bajo el sistema de arrendamiento con opción de compra de las misiones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas en el país.

Seguro automotriz obligatorio

Es un seguro de carácter obligatorio que deben contratar todos los propietarios de vehículos motorizados. El objetivo de este seguro es indemnizar a las personas que resulten lesionadas en un accidente en el que participen tales vehículos.

¿Cuándo hay que contratarlo?
Debe contratarse anualmente y es requisito para obtener el permiso de circulación del vehículo.

Los riesgos de muerte, incapacidad total o parcial y lesiones que sufran las personas como consecuencia de accidentes en que intervenga el vehículo asegurado.
Adicionalmente, cubre los gastos de hospitalización o atención médica, quirúrgica, dental, farmacéutica y rehabilitación. También cubre los gastos médicos relativos a la atención prehospitalaria y el transporte sanitario.

  • Al conductor del vehículo
  • A las personas que estén siendo transportadas en él
  • A cualquier tercero afectado por el accidente de tránsito.

En caso de muerte, serán beneficiarios del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales(SOAP) las siguientes personas, en el correspondiente orden de precedencia:
El cónyuge sobreviviente.

  • Los hijos menores de edad.
  • Los hijos mayores de edad.
  • Los padres.
  • La madre de los hijos no matrimoniales del fallecido.
  • A falta de las personas antes indicadas, la indemnización irá a quien acredite la calidad de heredero.

Las indemnizaciones son:

  • UF 300 en caso de muerte o en caso de incapacidad permanente total (pérdida de, a lo menos, dos tercios de su capacidad de trabajo).
  • UF 200 en caso de incapacidad permanente parcial (pérdida igual o superior al 30%, pero inferior a las dos terceras partes de su capacidad de trabajo).
  • Cubre hasta un valor de UF 300 por concepto de gastos médicos en que deba(n) incurrir el(los) afectado(s), comprendiendo la hospitalización, el transporte sanitario, la atención médica y quirúrgica, los gastos farmacéuticos y los gastos por concepto de rehabilitación.

Las personas afectadas por un accidente de tránsito deben dejar constancia en la unidad policial más cercana al lugar del accidente, donde se debe:

  • Exhibir el certificado de seguro.
  • Indicar las placas patentes de los vehículos involucrados.
  • Identificar a las personas lesionadas en el accidente.
  • Solicitar al tribunal competente o al Ministerio Público un certificado en el que consignen los datos del accidente y de los lesionados. Este certificado es gratuito.

Hay que dirigirse a la compañía aseguradora con la que el vehículo involucrado tiene contratado el seguro, y presentar los siguientes antecedentes:

  • En caso de muerte, el certificado de defunción de la víctima y libreta de familia, o bien certificados que acrediten legalmente la calidad de beneficiario del seguro.
  • En caso de lesiones, los comprobantes originales (boletas o facturas) de los gastos por atención médica y farmacéutica, además de pagos por exámenes.
  • En caso de incapacidad, certificado que acredite la naturaleza y grado de la incapacidad.

El propietario o conductor del vehículo asegurado tiene un plazo de 30 días para hacer la notificación del siniestro por escrito a la aseguradora y mantiene en un año el plazo para solicitar el pago de las indemnizaciones. En el caso de la incapacidad, el plazo para este cobro se cuenta desde la emisión del certificado médico correspondiente, el cual no podrá presentarse después de transcurridos dos años desde el accidente.

Dentro de los 10 días siguientes a la presentación de los documentos antes detallados a la compañía de seguros.

Llenando el formulario «Denuncio de Siniestros Seguro Obligatorio de Accidentes Personales», en la oficina de la aseguradora.

No, los trámites para hacer efectivo el SOAP son gratuitos y deben hacerse directamente con la aseguradora.

Accidentes causados en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.
Accidentes ocurridos fuera del territorio nacional.
Accidentes ocurridos como consecuencia de guerra, sismos y otros casos fortuitos enteramente extraños a la circulación del vehículo.
Suicidios y todo tipo de lesiones auto inferidas.

Para comenzar, tener el seguro vigente es requisito para la renovación anual del permiso de circulación. El conductor de un vehículo que no tiene seguro comete infracción a la Ley de Tránsito que es sancionada con multa. Además, el vehículo puede ser retirado de circulación por Carabineros de Chile para ser puesto a disposición del Juzgado de Policía Local que corresponda.

El vehículo quedará gravado con prenda sin desplazamiento. Es decir, será una garantía para responder a las indemnizaciones que el dueño, por ley, está obligado a pagar.

Si dos o más vehículos participan de un accidente y al menos uno no tiene seguro, los seguros de los demás vehículos cubrirán a todas las personas afectadas, incluso a quienes iban en el vehículo sin seguro, excepto al dueño y al conductor de este último.

Se puede solicitar un certificado de anotaciones del vehículo en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Registro Civil. También se puede consultar en la Dirección del Tránsito de la municipalidad que dio el permiso de circulación al vehículo.